Mario Decara elevó a la Unicameral un proyecto que propone incorporar tres nuevas contravenciones relacionadas con el uso de las redes sociales y de internet: la difusión no autorizada de imágenes o grabaciones íntimas, el hostigamiento digital y la suplantación digital de la identidad. En todos los casos se trata de conductas que han crecido en los últimos años y que generan perjuicios graves en las personas afectadas.
En relación a la difusión de imágenes íntimas, si bien en el Congreso de la Nación hay un proyecto de ley que tiene media sanción, el Defensor del Pueblo provincial entienden que es necesario avanzar en la legislación local hasta que la difusión no autorizada de contenido íntimo sea incorporado como delito en el Código Penal Argentino.
Entre los fundamentos y antecedentes, la propuesta cita el caso de Belén San Román, la policía de Bragado que se quitó la vida luego de que su ex pareja viralizara videos y fotos íntimas, como un claro y doloroso ejemplo de lo que este tipo de conductas genera en la víctima.
La suplantación digital de identidad es la apropiación de los datos de otra persona con el objetivo de crear perfiles falsos y llevar a cabo todo tipo de acciones, las que pueden ser delictivas. Este es otro fenómeno que ha crecido exponencialmente y se registra un fuerte incremento en la cantidad de denuncias, lo que exige pensar en recursos legales que puedan frenar el impacto que tales conductas generan en la sociedad.
“Sabemos que conceptualizar el delito informático presenta dificultades, pero es momento de ocuparnos de estas problemáticas para brindar un marco normativo adecuado con el que se pueda avanzar sobre estos actos y conductas que alteran la paz social que el Código de convivencia viene a garantizar”, enfatiza el Defensor del Pueblo.
Por su parte, el proyecto propone legislar sobre el hostigamiento digital o ciberbullying, otra problemática que puede generar graves consecuencias a la integridad de las víctimas de este accionar.
“El avance legislativo que proponemos no es una solución definitiva. Tanto la difusión de contenido íntimo, el hostigamiento digital y la suplantación de identidad digital requieren de una discusión y reforma de la legislación de fondo con penas que objetivamente resulten proporcionales al daño que producen estas conductas, pero entendemos que empezar por transformarlas en contravenciones puede aportar un freno en la extensión y reiteración en el tiempo de estas acciones.”