La Legislatura de Córdoba aprobó el Proyecto de Ley, impulsado por el gobernador Juan Schiaretti, que propicia establecer un régimen de garantías para la prestación mínima de servicios en caso de conflictos laborales.
La forma de votación fue nominal y los resultados fueron 57 votos a favor, 5 en contra y 8 ausentes.
Uno de los aspectos que se aborda en la presente Ley es determinar procedimientos operativos, de organización y procedimientos para la prestación de actividades consideradas “esenciales” en la doctrina y legislación, y aquellas que se necesitan, para garantizar a la población el ejercicio de sus derechos constitucionales básicos en un estándar mínimo de prestación.
La Ley de regímenes de garantías mínimas propone la incorporación de una figura en el Código de Convivencia Ciudadana que tipifique acciones que puedan atentar contra la normal prestación de los servicios públicos.
El artículo 1º de la Ley detalla: “Cuando el ejercicio de una medida de acción directa involucre o comprometa la interrupción o suspensión de actividades que pueden tener consecuencias para el goce de los derechos constitucionales a la vida, la salud, la seguridad, la justicia, el acceso a la energía eléctrica y gas y al agua potable, sea por tratarse de servicios esenciales (Ley Nº 25.877), relaciones de empleo público o prestaciones de servicios públicos, deberá garantizarse un conjunto básico de prestaciones y personal, a fin de asegurar su continuidad y regularidad, bajo las pautas y modalidades previstas en la presente ley.”
La presente Ley regirá para los servicios de transporte público de pasajeros y los relacionados con la protección ambiental.
Dicha Ley prevé la creación de una Comisión Técnica la cual funcionará en el ámbito de la Autoridad de Aplicación y será la que estará a cargo de los conflictos cuando se efectúen para garantizar los servicios mínimos.
Se adjunta el Proyecto de Ley aprobado en la 20º Sesión Ordinaria de la Unicameral del día de la fecha.